La Cámara
ha formulado importantes objeciones al Proyecto
de Pliego de Bases y Condiciones Particulares
y sus Anexos, para la contratación de prestaciones
médico asistenciales de I, II y III nivel
de atención, cuyo detalle ofrecemos a continuación:
a) Primera cuestión: Las incompatibilidades
para ser oferentes al concurso público:
Cláusula 4.1 y 4.9 del “Proyecto”.
b) Segunda cuestión: Trato discriminatorio.
Violación del Principio de Contradicción
y de Amplitud de Concurrencias al Concurso Público.
La cláusula 6.2 del “Proyecto”.
Violación de los tratados y proyectos incluidos
en los tratados y pactos incluidos en los Art.
75, inc. 22, de la Constitución Nacional
y del Art. 42 de la Constitución Nacional.
c) Tercera cuestión: La proyectada garantía
de impugnación incluída en la cláusula
14 del “Proyecto” violenta los principios
de reserva de ley y de la tutela judicial efectiva.
d) Cuarta cuestión: La ausencia de criterios
de ponderación en la evaluación
de las ofertas. Extrema discrecionalidad. Incumplimiento
del decreto N° 436/2000. Cláusula 13
del “Proyecto”.
Este fue presentado ante las autoridades del instituto
el día 23 de Diciembre de 2002.
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